Esta fecha fue instaurada en conmemoración de «La Noche de los Lápices», a raíz de lo sucedido en la madrugada de ese día del año 1976, donde fueron secuestrados mientras dormían, estudiantes de la Unión de Estudiantes Secundarios (UES), que a su vez pertenecían al Peronismo Revolucionario de la ciudad de La Plata. Esa agrupación había participado del reclamo en 1975, ante el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, del Boleto Estudiantil Secundario (BES) por su acrónimo. El terrorismo de estado se llevó esa noche unos 10 chicos de entre 13 y 18 años de edad, que reclamaban desde el año anterior por el boleto estudiantil, cosa que se tomaba como un atentado y debía ser reprimido, enmarcando así uno de los hechos más nefastos de nuestra historia.
¿Cuáles son los Derechos y Deberes de los estudiantes?
Art. 125.- Todos los alumnos y todas las alumnas tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad, del nivel educativo o modalidad que estén cursando o de las que se establezcan por leyes especiales.
Art. 126.- Los alumnos y las alumnas tienen derecho a:
a) Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades.
b) Ser respetados en su libertad de conciencia, en el marco de la convivencia democrática.
c) Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.
d) Ser protegidos contra toda agresión física, psicológica o moral.
e) Ser evaluados en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosa y científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del sistema, e informados al respecto.
f ) Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que les permitan completar la educación obligatoria.
g) Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios.
h) Integrar centros, asociaciones y clubes de estudiantes u otras organizaciones comunitarias para participar en el funcionamiento de las instituciones educativas, con responsabilidades progresivamente mayores, a medida que avancen en los niveles del sistema.
i) Participar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementarios que propendan a desa-
rrollar mayores grados de responsabilidad y autonomía en su proceso de aprendizaje.
Art. 127.- Son deberes de los alumnos:
a) Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades.
b) Participar en todas las actividades formativas y complementarias.
c) Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
d) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en la institución, respetando el derecho de sus compañeros y compañeras a la educación y las orientaciones de la autoridad, los docentes y los profesores.
e) Respetar el proyecto educativo institucional, las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar.
f ) Asistir a clase regularmente y con puntualidad.
g) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones, equipamiento y materiales didácticos del establecimiento educativo.
Saber cuáles son los derechos que nos amparan y las responsabilidades que tenemos hacia los demás es una de las condiciones necesarias para promover la
democracia en la escuela y en la sociedad.
Estos son algunos de los derechos y obligaciones contemplados en la Ley de Educación Nacional. Si querés conocer el texto completo te invitamos a visitar el sitio:
Infoleg
O también podes descargar el archivo PDF:
Ley 26.206 ~ Ley de Educacion nacional (archivo PDF)